es
Flags of countries represented at Delegates Assembly in Las Vegas, 2018
15 Oct 2022

¿Qué es un Comité Nacional del CTIF y cómo debe funcionar?

es

Se anima a cada país miembro del CTIF a que forme un Comité Nacional, que actúa como capítulo local del CTIF. El Comité Nacional del CTIF de una nación es el órgano local del CTIF internacional en ese país miembro.

El Comité Nacional es también la organización que decide qué personas representarán a su país y votarán en la Asamblea de Delegados anual. Asamblea de Delegados.

Cada nación que es miembro del CTIF (a menudo denominada en nuestros estatutos"Miembro Ordinario") está organizada de forma bastante diferente de una nación a otra. En este artículo intentaremos explicar cuál es la estructura organizativa más común de un Comité Nacional.

Normalmente, una agencia estatal de bomberos es la organización que firma los documentos de afiliación y la que paga la cuota de afiliación. En otros casos, puede ser una asociación privada, como la Asociación Nacional de Jefes de Bomberos, que es la anfitriona del CTIF en un país determinado. En otros países, el Comité Nacional del CTIF puede ser acogido por una asociación nacional de bomberos voluntarios.

En algunos casos más raros, el servicio de bomberos de una capital de un país, podría ser el anfitrión del comité nacional CTIF.

En cualquier caso, y sea cual sea la forma de afiliación que adopte el CTIF internacional, se anima al Comité Nacional de cada país miembro del CTIF (Miembro Ordinario) a que se ponga en contacto con otras organizaciones, empresas y particulares que sean importantes para los servicios de bomberos del país.

El siguiente ejemplo se basa en el Comité Nacional CTIF de Sueciaque tiene definiciones y estatutos bastante detallados sobre cómo se gobierna su organización local.

¿Quiénes pueden ser miembros?

(Ejemplos)

  • Autoridades municipales y estatales
  • Organizaciones sin ánimo de lucro, así como otras organizaciones
  • Compañías de seguros
  • Instituciones públicas
  • Empresas y corporaciones que trabajan con actividades o tareas importantes para la protección contra incendios y/o los servicios de rescate.
  • También pueden ser miembros las personas con una conexión especial con el ámbito de los servicios de extinción de incendios y salvamento.

Tareas y responsabilidades del Comité Nacional:

(Ejemplos)

  • El comité debe ser responsable de asegurar que las tareas que corresponden a cada país miembro en el CTIF se llevan a cabo correctamente y bien
  • El comité debe mantener un contacto regular y bueno con el CTIF central
  • El comité debe contribuir al desarrollo de los servicios de rescate suecos a través de la cooperación (o por iniciativa propia), realizar seminarios y reuniones, desarrollar y reforzar redes y formar grupos de trabajo en áreas de trabajo importantes
  • El comité nacional del CTIF nombra a todas las personas que representan al comité respectivo a nivel internacional, así como a una serie de personas clave que proceden de diversas organizaciones relacionadas con el servicio de rescate.

Junta directiva:

El comité está representado por un consejo de administración compuesto por un mínimo de tres y un máximo de cinco miembros, incluido el presidente. El presidente de la comisión, que es también el presidente del consejo de administración, es elegido como los demás miembros en la asamblea anual a propuesta del comité de nombramientos.

La junta elige un vicepresidente, un secretario y, si es necesario, un tesorero. Esta elección se celebra inmediatamente después de la asamblea anual.

Elecciones para puestos clave del CTIF Internacional

Es función del Comité Nacional nombrar o aprobar a todos los representantes del país que quieran participar en lo siguiente

- Ser miembro de las Comisiones y Grupos de Trabajo internacionales del CTIF.

- Presentarse como candidato en las elecciones para uno de los puestos del Consejo de Administración del CTIF (el Comité Ejecutivo) o presentarse como candidato para uno de los puestos directivos clave:

- Presidente del CTIF, Secretario General del CTIF y Tesorero del CTIF

- Vicepresidente (todos los miembros del Comité Ejecutivo distintos de los anteriores se consideran vicepresidentes)

Aprobación de la participación en Comisiones y Grupos de Trabajo

Ninguna persona de ningún paísmiembro puede implicarse en ninguno de los trabajos del CTIF, a nivel nacional o internacional, sin la aprobación de la Junta Directiva del Comité Nacional del CTIF de ese país miembro.

Votación en el Comité Nacional del CTIF

Tienen derecho a voto en la asamblea anual los representantes de cada rama miembro, es decir, las organizaciones, empresas, etc. de conformidad con el apartado 2 (de los estatutos) que hayan anunciado que desean ser miembros y a los que la junta directiva haya concedido la condición de miembro.

Además, también se considera miembro a toda persona que cumpla los requisitos establecidos en el apartado 2.

Cada elector con derecho a voto dispone de un voto. Las votaciones son públicas. En caso de empate, el voto del presidente es decisivo.

Tenga en cuentaque el texto anterior es sólo un ejemplo de cómo podría organizarse un Comité Nacional CTIF, y que las variaciones locales de este ejemplo son aceptables. No obstante, tenga en cuenta que este ejemplo se ha creado tras un minucioso estudio de los Estatutos y el Reglamento Interno del CTIF que rigen todas las actividades del CTIF, tanto a escala nacional como internacional.

Estatutos del Comité Nacional

Para su comodidad, también hemos incluido a continuación un texto de ejemplo de cómo podrían estar redactados los Estatutos locales de un Comité Nacional local del CTIF.

De nuevo, este ejemplo se basa en los Estatutos del Comité Nacional del CTIF de Suecia. Sin embargo, es sólo un ejemplo y existen muchos otros ejemplos de cómo podría organizarse un Comité Nacional del CTIF.

El objetivo de CTIF.org es mostrar más ejemplos del trabajo de nuestros distintos Comités Nacionales en el futuro.

Estatutos (ejemplos)

Normalmente, los Estatutos de un Comité Nacional se redactan en la lengua o lenguas del país miembro.

Tenga en cuenta que los estatutos que figuran a continuación están traducidos del sueco y podrían contener errores de traducción. Los ejemplos que figuran a continuación sólo pretenden servir de inspiración, y no pueden servir necesariamente como documento legal en inglés en este momento.

Los estatutos se establecen en la reunión anual del comité nacional del CTIF el (FECHA)

Tarea del comité

Sección 1

El comité nacional del CTIF es el órgano del CTIF en (país miembro) . El comité debe ser responsable de que las tareas que corresponden a cada país miembro en el CTIF se lleven a cabo correctamente y bien.

El comité debe mantener un contacto regular y bueno con el CTIF central.

El comité deberá contribuir al desarrollo de los servicios de rescate nacionales mediante la cooperación (o por iniciativa propia), realizar seminarios y reuniones, desarrollar y reforzar redes y formar grupos de trabajo en áreas de trabajo importantes.

Afiliación

Sección 2

Los miembros del Comité Nacional CTIF son: (ejemplos)

- Autoridades municipales y estatales

- Organizaciones sin ánimo de lucro, así como otras organizaciones

- Compañías de seguros

- Instituciones

- Empresas que trabajan con actividades o tareas importantes para la protección contra incendios y/o los servicios de rescate.

- También pueden ser miembros las personas que tengan una conexión especial con el ámbito de los servicios contra incendios y de rescate. La junta tiene la opción de nombrar a una persona como miembro honorario.

La junta decide si una solicitud de afiliación debe concederse o no, y la decisión puede recurrirse ante la asamblea anual.

También cuentan como miembros las personas que hayan sido nombradas por la junta (alternativamente la asamblea anual) para representar al comité nacional de CTIF en una Comisión dentro de CTIF y también cualquier persona nacional que haya sido nombrada en la Conferencia de Delegados de CTIF para formar parte del Comité Ejecutivo de CTIF.

Cuotas de afiliación

Sección 3

La introducción y la cuantía de las cuotas de afiliación que los miembros deberán abonar para el año siguiente, así como las condiciones generales que se aplicarán a la afiliación, se determinarán en la asamblea anual a propuesta de la Junta Directiva.

Comité de candidaturas

Artículo 4

Las propuestas para presidente de la comisión, miembros de la junta directiva y eventuales auditores deben ser presentadas por un comité electoral compuesto por dos personas, que son nombradas en la asamblea anual, una de las cuales es designada como convocante. El mandato del comité electoral es de un año.

Consejo de Administración

Sección 5

La comisión está representada por un consejo de administración compuesto por un mínimo de tres y un máximo de cinco miembros, incluido el presidente. El presidente de la comisión, que es también el presidente del consejo de administración, es elegido como los demás miembros en la asamblea anual, a propuesta de la comisión de selección.

Antes de iniciar sus trabajos, el comité de selección invita a presentar propuestas:

La autoridad nacional de seguridad cívica y preparación (u otra agencia nacional similar de bomberos/rescate) tiene derecho a proponer dos miembros, uno de los cuales será propuesto como presidente del comité nacional CTIF.

La Asociación Nacional de Protección contra Incendios tiene derecho a proponer un miembro.

Los municipios nacionales y los consejos de condado tienen derecho a proponer un miembro.

La Asociación Nacional de Cuerpos de Bomberos puede proponer un miembro.

El presidente es nombrado por dos años, mientras que todos los demás miembros elegidos por la asamblea anual son nombrados por un mandato de un año.

El presidente y también los demás miembros, cuyo mandato expira, pueden ser nombrados de nuevo.

Si el presidente de la comisión dimite durante el mandato, la comisión de nombramientos debe proponer a una persona para una elección de sustitución en la siguiente asamblea anual.

En el caso de los miembros, el mandato se cuenta desde la asamblea anual hasta la siguiente asamblea anual, y en el caso del presidente, desde la asamblea anual hasta la asamblea anual que se celebre dos años después.

Sección 6

La Junta Directiva elige un vicepresidente, un secretario y, en caso necesario, un tesorero. Esta elección se celebra inmediatamente después de la asamblea anual.

Si tanto el presidente como el vicepresidente están ausentes en una misma reunión de la junta, se nombra a otro miembro en la reunión para que presida la reunión. La persona o personas designadas por la junta firman el comité.

Artículo 7

En las reuniones de la junta directiva deben levantarse actas o notas. La necesidad de ajuste la decide la junta.

La junta tiene derecho a tomar decisiones si al menos tres de sus miembros (incluido el presidente) están presentes. Como decisión de la junta, se aplica la frase a favor de la cual en una reunión voten más de la mitad de los presentes o, en caso de igualdad de votos, la frase secundada por el presidente.

Artículo 8

El Consejo se reúne por convocatoria del presidente o del secretario, o cuando lo solicite al menos un tercio de sus miembros. El número mínimo de reuniones al año es de dos.

Funciones de auditoría e información

Sección 9

Si se introducen cuotas de afiliación o si se recibe la contribución de un patrocinador, las cuentas y la gestión del comité deberán ser auditadas por un auditor, que será elegido en la asamblea anual.

La junta directiva y la asamblea anual pueden decidir que se elabore un informe de actividades.

Asambleas anuales

Artículo 10

La asamblea anual se celebra anualmente antes de que finalice (Añadir fecha) en el día y lugar que determine el consejo.

Sección 11

Se celebra una asamblea anual extraordinaria cuando el consejo lo considere necesario. En una asamblea anual extraordinaria no podrán tratarse más asuntos que los indicados en la convocatoria.

Artículo 12

La convocatoria de la asamblea anual se publica al menos un mes antes de la fecha fijada para la reunión. La convocatoria, que debe contener el orden del día y otros programas de la reunión. La convocatoria de la asamblea anual también debe contener las posibles propuestas de la junta que deben decidirse en la asamblea anual.

Sección 13

Tendrá derecho a voto en la asamblea anual un representante de cada miembro, es decir, de las organizaciones, empresas, etc., de conformidad con el apartado 2, que hayan anunciado que desean ser miembros y a las que la Junta Directiva haya concedido la condición de miembro. Además, también son miembros las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en el apartado 2.

Cada elector tiene derecho a un voto. Las votaciones son públicas. En caso de empate, el voto del presidente es decisivo.

Artículo 14

En la asamblea anual deberán tratarse los siguientes asuntos

1. Elección del presidente y del secretario en la asamblea.

2. 2. Elección de un ajustador para ajustar las actas de la reunión junto con el presidente.

3. Preguntar si la reunión ha sido debidamente anunciada

4. Informe sobre las actividades de la comisión durante el ejercicio transcurrido

5. Informe de auditoría sobre las cuentas y la administración de la asociación durante el último

ejercicio pasado

6. Pregunta sobre la determinación de la cuenta de resultados y el balance

7. Pregunta sobre la disposición de los resultados del ejercicio

8. Pregunta sobre la exención de responsabilidad de los miembros del consejo de administración

9. 9. Elección del presidente de la comisión y del presidente del consejo a propuesta de la comisión electoral (mandato de dos años).

el comité electoral (mandato de dos años).

10. Elección de los miembros de la junta directiva (mandato de un año), a propuesta del comité electoral.

11. Posible elección de relleno.

12. Elección de un auditor (mandato de un año) para la auditoría de cuentas y la gestión, previa

propuesta del comité de selección.

13. Elección de dos miembros del comité electoral (mandato de un año) para proponer al presidente,

miembros del consejo y auditor.

14. Presentación por el presidente de las actividades previstas para el año siguiente.

15. Decisión sobre la posible cuota de afiliación.

16. Decisión sobre la fecha de la próxima reunión anual.

17. Otros asuntos sometidos a la reunión por la Junta Directiva o planteados por un miembro.

carta al presidente de la comisión a más tardar 20 días antes de la reunión.

Nota a pie de página: Los puntos en cursiva de la lista anterior deberán incluirse en el orden del día de la reunión anual si en el comité se manejan fondos, por ejemplo, mediante la introducción de cuotas de afiliación o la recepción de dinero de patrocinadores.

Apartado 15

Las actas de la reunión anual deben enviarse a los miembros por correo electrónico o por carta.

Modificación de los estatutos. Disolución del Comité

Sección 16

Para la aprobación de propuestas de modificación de los estatutos del comité, se requieren dos reuniones anuales consecutivas, de las cuales al menos una sea una reunión anual ordinaria.

Sección 17

Para las decisiones sobre la disolución del comité, se requieren decisiones unánimes con al menos 3/4 de mayoría en dos reuniones anuales ordinarias consecutivas. Los posibles activos del comité deberán acreditarse al fondo de becas de la Asociación de Protección contra Incendios.

La Agencia Nacional de Incendios o la Asociación Nacional de Protección contra Incendios deberán conservar las actas y los documentos del comité, que deberán estar disponibles si alguien toma la iniciativa de restablecer el Comité Nacional CTIF.